sábado, 11 de marzo de 2017

VALUACIÓN 1_NOTA 22. Puntos más importantes de autorización y registro

NOTA 22. Puntos más importantes de autorización y registro

A.      para practicar avalúos deberán presentar la documentación y cumplir los requisitos siguientes:

1) Original y copia de la solicitud
2) Copia certificada del acta constitutiva
3) Copia certificada del poder notarial del representante legal
4) Un ejemplar impreso de los formatos que se utilizarán para los avalúos
5) Un ejemplar de la impresión de los sellos oficiales que utilizará
 6) Los peritos que suscriban avalúos a nombre de la institución de crédito o la sociedad civil o mercantil, deberán presentar examen teórico-práctico.
 7) Listado de los peritos valuadores con capital suscrito en la institución de crédito o sociedad civil o mercantil,
8) Listado de los peritos valuadores y su número de registro ante la Tesorería, que le auxiliarán en la práctica de avalúos; y
9) Acreditar el pago de los derechos correspondientes

B) La autorización, tendrá vigencia durante el ejercicio fiscal de que se trate, y deberá revalidarse anualmente.

C) Las personas físicas interesadas en obtener el registro, deberán presentar la documentación y cumplir los requisitos indicados.

D) El examen se deberá presentar exclusivamente en los meses de marzo, abril, septiembre y octubre y una vez aprobado -previo pago de los derechos correspondientes

E) el aspirante debe demostrar pleno conocimiento de:
1) Las leyes relacionadas con las contribuciones en que se requieran cálculos relacionados con la materia valuatoria
2) Los procedimientos y lineamientos técnicos relacionados con la valuación inmobiliaria
 3) Métodos alternativos de valuación
 4) El mercado inmobiliario actualizado en el Distrito Federal
5) La práctica valuatoria con por lo menos dos avalúos

G) El registro que se otorgue a los peritos valuadores y corredores públicos tendrá vigencia durante el ejercicio fiscal de que se trate.






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